Seguro que muchos de vosotros estáis
preguntándoos si podéis ganaros la vida como escritores
independientes, quizá algunos ya estéis empezando a experimentar
con la autopublicación y estoy convencida de que a casi todos, como
a mí, os da terror hacer algo mal... Me refiero a una ilegalidad.
Por eso, y con ánimo de resolver dudas y disipar temores, he pasado tiempo investigando en la red para traeros un resumen acerca de la economía del autor independiente.
Yo todavía no he publicado nada de
manera comercial, quiero decir que no he cobrado por nada de lo que
he hecho público, y hasta donde yo sé, si no cobras, no hay
problema... la cuestión es que algún día quiero poner a la venta
alguno de mis libros y no paro de preguntarme... ¿Cómo? ¿Qué debo
hacer? ¿Debo convertirme en autónoma? ¿Tengo que pagar impuesto,
cuáles? Etc...
Tú también te lo preguntas, ¿cierto?
Pues he aquí algunas de las respuestas
que he conseguido recopilar.
AVISO: Todo lo que aquí expongo se refiere a la fiscalidad y legislación española únicamente.
Lo primero, una mala noticia:
No hay una norma general para los
autores, cómo comportarse con el fisco depende de cada caso
particular, de las circunstancias concretas del autor.... Lo sé, es
un chasco.
Sin embargo voy a seguir intentando
disipar dudas en la medida de lo posible.
Si eres escritor aficionado (por el momento) y quieres dar el salto a convertirte en profesional, haciendo de la escritura tu trabajo y medio de vida, puedes optar por dos vías.
Utilizar plataformas de Autopublicación
(Amazon, vivelibro, lulú, bubok...) que se encargan de vender el producto y pagar el IVA por él, recibiendo por ello el autor un ingreso/cheque/pago periódico por beneficios(porcentaje dependiente de la plataforma *investigar términos legales de cada una)- Hemos de tener en cuenta que ese cheque recibido debemos declararlo igualmente a Hacienda mediante la Declaración de la Renta anual (IRPF) si superamos una cantidad de ingresos, que ronda en torno a los 22.000 € anuales.
Ahondemos en el tema. PASOS:
1º Subimos nuestro libro, por ejemplo a Amazon.
Hemos invertido mucho esfuerzo, ilusión
y sí, dinero en crearlo y optimizarlo (una portada buena, una
maquetación, una corrección que acredite cierta calidad...) y
claro, queremos, como mínimo, recuperar nuestra inversión.
Tras seguir todos los pasos que nos
indica la plataforma en cuestión, decidimos un precio, no demasiado
alto para no perder lectores, pero tampoco bajo porque al fin y al
cabo, es nuestra obra y queremos hacerla valer...
Pero nuestro amor por nuestra obra no
es lo único a tener en cuenta a la hora de poner un precio de venta,
hay que pensar en el IVA.
El IVA lo va a pagar la plataforma de
venta, pero se trata de un 21% sobre el precio que tú pongas, y tú
tan solo recibirás beneficios, de modo que si el precio es muy bajo,
lo que finalmente llega a tu al bolsillo será.... prácticamente
nada. Otro chasco ¿no?
¿Qué pasa a continuación?
2º Los impuestos a Hacienda
A la Hacienda Estadounidense (caso de Amazon)
Si publicamos con Amazon debemos pagar
un impuesto a la hacienda Estadounidense, pues es una empresa de
EEUU. Por suerte, España tiene un concierto por el cual en lugar del
30% nos cobran solamente el 5%.
Lo bueno es que, en teoría, al haber
pagado esto en principio no deberíamos ya pagar a la Hacienda
española... ¿no? Pues no está claro, la ley tiene a veces lagunas
más profundas que las de Escocia.
Se supone que se debe solicitar que no
se cobre doblemente este impuesto en EEUU y en España mediante un
formulario (formulario W8-BEN) que suele toparse con escollos burocráticos, según tengo
entendido. De modo que... Paciencia.
Editado: parece que la nueva fórmula de Amazon para registrar tus datos fiscales evita que tengas que hacer ningún trámite más aquí en España. Si logras rellenar todos los requerimientos sin desesperarte, eso es todo...
Editado: parece que la nueva fórmula de Amazon para registrar tus datos fiscales evita que tengas que hacer ningún trámite más aquí en España. Si logras rellenar todos los requerimientos sin desesperarte, eso es todo...
3º ¿Autónomos?
Al hacerlo de esta manera se
entiende que NO se requiere el alta en el régimen de autónomos de
la seguridad social, al menos hasta que nuestros cheques no alcancen
el salario mínimo interprofesional, y en ese caso, habría que
consultarlo, puesto que en la ley pone como requisito que se este
percibiendo este dinero por una actividad profesional “habitual”... Y eso a
los escritores nos excluiría, ya que ¿Hasta qué punto la actividad del escritor es habitual?
Como digo, habría que consultarlo con
una asesoría, porque tal vez de una manera se pagasen menos tipos de
impuestos de mayor cuantía y de la otra, más tipos de impuestos
pero menos cantidad de dinero... No sé, es un suponer.
Por si esta opción, la de plataformas
tipo Amazon no te convence, porque no te fías o porque quieres ser
más libre y obtener todos los beneficios posibles de tu obra, hay
una segunda opción:
Desarrollar la actividad como persona física
Está opción la considero más complicada, pero más lucrativa. Sería algo así como hacerte “empresa” pero sin empleados. Para ello:
- Debes registrarte en Hacienda dándote de alta para el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) a través del Modelo 840.Instrucciones para cumplimentarlo
- Debes hacer una declaración Censal aportanto el alta en el IAE + cumplimentar el Modelo 036 (que sirve para solicitar la asignación del número de identificación fiscal) como persona física que realiza una actividad profesional por la que recibe retribución.Guía para este paso
*¿Dónde?
En la Agencia Tributaria correspondiente al lugar donde se
realizará la actividad
- ¿Tienes que darte de Alta en el Régimen de Autónomos? NO es obligatorio siempre que no percibas más del salario mínimo mensual establecido en la ley.
Por otra parte, al haberte dado de alta en el IAE y por tanto tener los derechos de explotación de tu obra no cumplirías los requisitos de “autor profesional” que se incluyen dentro del Régimen de Autónomos.*Ante tal falta de coherencia en la regulación legal sería conveniente consultar personalmente tu situación en la sede de la Seguridad Social que corresponda o en una asesoría para estar seguros. - Además deberás recordar que toda esta actividad debe ser declarada anualmente según se regula en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (Declaración de la Renta) un 15% en este caso independientemente de la cuantía, puesto que proceden de una actividad económica registrada (1º paso dado)
- En cuanto al IVA, las actividades de producción artística y literaria sujetas a derechos de autor están exentas del IVA, pero no el libro físico que vendas, que está sujeto a un 21% de IVA.
*Para hacerlo de esta manera deberás
disponer de tu propia plataforma online donde vender tu obra, sea tu
blog o una web... y un método de cobro y de emisión de facturas,
claro.
¡Ahora eres empresario!
¡Ahora eres empresario!
Esto es todo lo que he conseguido sacar
en claro de las decenas de artículos, noticias, publicaciones de
boletines oficiales y webs gubernamentales que he consultado. Y lo
único que realmente he concluido es que en caso de querer ganarme la
vida con esto, tengo que buscarme un asesor fiscal.
*Fuentes consultadas:
http://ebookhermanos.com/fiscalidad-del-ebook-escritores-impuestos/
http://ebookhermanos.com/como-publicar-un-ebook-en-amazon-gratis/
http://marianaeguaras.com/fiscalidad-del-escritor-en-espana/
https://javierpellicerescritor.com/tag/la-fiscalidad-del-escritor/
http://www.relatospulp.com/articulos/utilidades/90-autoedicion-hacienda-y-seguridad-social.html
Régimen autónomos: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l20-2007.t3.html
Excepciones: http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4323-excepcion-a-la-obligacion-de-alta-y-cotizacion-en-el-regimen-especial-de-trabajadores-autonomos/
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por leerme. Si te ha gustado la entrada ¡¡Comenta!!
* Tus datos personales serán visibles en los comentarios, podrás eliminarlos en cualquier momento. El blog no los usará ni los cederá para ningún fin comercial, ni propio ni ajeno.